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Ruptura contenciosa de pareja de hecho con hijos menores
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El procedimiento contencioso de adopción de medidas paterno-filiales procede cuando tras la ruptura de la pareja de hecho las partes no son capaces de ponerse de acuerdo para regular, por sí mismas, los siguientes aspectos de su futura relación:
- Con quién permanecerán los hijos comunes de la pareja de hecho, en caso de existencia. Es decir, se discute la custodia de los hijos menores. Si quedarán bajo la custodia del padre o bajo la custodia de la madre.
- Cuál será el régimen de visitas a los hijos del que disfrutará el progenitor con quien no convivan.
- Con cuánto dinero contribuirá cada uno a las cargas o deudas familiares que subsistan. Y al mantenimiento de los hijos, en su caso, es decir, la pensión de alimentos.
- La atribución del uso de la vivienda familiar. La adjudicación de la vivienda donde tenía su residencia la pareja de hecho, sea en alquiler o en propiedad, suele hacerse al progenitor bajo cuya custodia quedan los hijos menores.
El término contencioso viene de la palabra "contender", que significa según el Diccionario de la Academia, "disputar, debatir, altercar, discutir, contraponer opiniones, puntos de vista". El procedimiento de adopción de medidas paterno-filiales es contencioso cuando los dos miembros de la pareja de hecho no son capaces de acordar unas medidas paterno-filiales por sí mismas. En el procedimiento judicial contencioso es el juez quien decide las medidas que regularán la ruptura tras haber oido a cada parte, que deberá defender su posición por medio de su propio Abogado y deberá estar representado por su propio Procurador.
El procedimiento judicial es mucho más largo que en el caso de mutuo acuerdo y puede llegar a durar más de un año. Por dicha razón, en caso de urgencia o necesidad, se puede solicitar que se aprueben medidas provisionales mientras dure el juicio. De este modo no se deteriora aún más la relación entre los progenitores y sobre todo se protege a los hijos menores de la pareja de hecho.
En el procedimiento contencioso de adopción de medidas paterno-filiales nos ocupamos de defender sus intereses de manera realista, explicándole en todo momento qué puede esperar del procedimiento en función de las circunstancias de su caso y sin crearle falsas expectativas. Es decir, le explicamos si es viable o no reivindicar y ganar la atribución del uso de la vivienda, la custodia de los hijos menores, en qué cuantía se puede fijar la pensión de alimentos... en definitiva defendemos sus intereses hasta donde legalmente se pueden defender en función de las circunstancias del caso.
Coste Precio Honorarios:
- Coste estimado para un procedimiento judicial completo de adopción de medidas paterno-filiales tras la ruptura de la pareja de hecho con hijos menores de edad, a tramitar en Sevilla capital o partidos judiciales cercanos. Nuestros Honorarios: 1.200 €
- Procurador: 200 €
- Tasas judiciales: Exento.
No aguante más. Contacte con nosotros. De el primer paso.
Esta es sólo una muestra representativa de nuestros servicios. Si busca abogados especialistas en rupturas de parejas de hecho con hijos menores en Sevilla, confíenos su caso.