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Servicios. Abogados especialistas en Vivienda.

Reconocimiento o negación judicial de Servidumbre de vistas.

Vivienda / Servicios. Abogados especialistas en Vivienda en Sevilla

Es frecuente que tras la ejecución de obras por su vecino tenga vistas sobre su casa que vulneren su intimidad. Por ejemplo al construir una nueva planta con ventanas hacia su casa, al convertir en terraza una cubierta, al añadir un voladizo transitable, al techar un patio y convertirlo en azotea...Merced a este tipo de obras su vecino tiene nuevas vistas sobre Vd. y sobre su intimidad.  Del mismo modo, puede suceder que tras ejecutar una obra en su propiedad su vecino considere que es Vd. quien está vulnerando su intimidad porque la obra propicia unas vistas sobre su propiedad que antes no se daban. Para resolver este tipo de conflictos es esencial en primer lugar comprobar si la edificación respeta las distancias mínimas entre propiedades colindantes fijadas por la ley. De no respetarse las distancias mínimas tiene Vd. un problema sobre reconocimiento o negación de una servidumbre de paso.

Acción confesoria de servidumbre de vistas

  • Si le impiden edificar o terminar su obra y Vd. cree tiene que a pesar de las distancias tiene derecho a ello por haberlo adquirido su objetivo debe ser el reconocimiento o declaración de su derecho de servidumbre de vistas. Debe interponer una demanda denominada acción confesoria de servidumbre de vistas.

Acción negatoria de servidumbre de vistas

  • Si su vecino lleva a cabo una obra de edificación que le brinda vistas sobre su intimidad sin respetar las distancias mínimas exigidas por la ley entonces su objetivo debe ser la negación de la existencia de una servidumbre de vistas que le obligue a Vd. a soportar dicha intromisión en su intimidad. Debe interponer una demanda denominada acción negatoria de servidumbre de vistas.

  Consejo: Antes de acudir a los tribunales, envie a quien no respeta su derecho un requerimiento por medio de burofax certificado y con acuse de recibo.

  • A quien impide terminar la obra debe requerirle que respete la servidumbre de vistas existente a su favor, o bien que la obra no incumple las distancias mínimas exigibles y que por lo tanto no le impida u obstaculice ejercer su derecho.
  • A quien edifica a su lado y merced a dicha obra dispone de nuevas vistas sobre su propiedad que vulneran su intimidad por no respetar las distancias mínumas le debe requerir que se abstenga de hacerlo pues no tiene derecho de servidumbre de vistas a su favor.

Mediante el envío del requerimiento por burofax puede conseguir la solución amistosa del problema, y si no, le garantiza que si acude a los tribunales habrá condena en costas, incluso en caso de allanamiento de la otra parte. 

Si a pesar del requerimiento la otra parte no atiende a razones y no respeta o se atribuye la servidumbre de vistas, entonces no le queda más remedio que acudir a los tribunales e interponer una demanda para que se reconozca y declare su servidumbre de vistas (acción confesoria de servidumbre) o una demanda para que se declare que Vd. no tiene que soportar ninguna servidumbre de vistas porque la otra parte no tiene derecho a ella (acción negatoria de servidumbre).

Coste Precio Honorarios:

Procedimiento judicial completo en primera instancia de Juicio Ordinario sobre declaración o negación de servidumbre de vistas.

  • Nuestros Honorarios: 1.400.
  • Procurador: Deberá Vd. contratar a uno de su confianza. Podemos recomendarle uno.
  • Tasas judiciales: Si es Vd. una persona física no tiene que pagar tasas, está exento.
  • Pago fraccionado de nuestros honorarios a razón de 100€/mes.

¿No sabe qué servicio debe contratar para resolver su problema sobre servidumbre de vistas? Consúltenos su caso sin compromiso.


Esta es sólo una muestra representativa de nuestros servicios.

Abogados especialistas en servidumbres de vistas

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Fotografía de Miguel Gastalver Trujillo. Abogado especialista en derecho inmobiliario.
Ldo. Miguel Gastalver Trujillo
Colegio de Abogados de Sevilla.
Colegiado nº 6946.
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@BufeteGastalver

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